viernes, 26 de febrero de 2016

Resoluciones de la Junta Directiva de la Apula en relación al pago del ISLR (!5-02-2016)


Plan de Acción Gremial:
1. Interponer un Amparo Constitucional por la contravención a los derechos laborales, económicos y garantías constitucionales por la confiscación salarial, debido a la determinación y cobro del ISLR 2015 y los efectos que ella produce en la economía personal de los Trabajadores Universitarios, dejando constar que el Gremio Inter-Federativo procurará que cesen todos los daños confiscatorios de la determinación y cobro del ISLR del ejercicio fiscal 2015, a consecuencia de la reforma tributaria inconstitucional de la Ley del ISLR del 2014 y el rezago en el valor de la Unidad Tributaria para el 2015 y dejen de afectar de manera perjudicial la economía personal de los Trabajadores Asalariados.
2. Hasta el 2014 la base de cálculo del ISLR había sido el “SALARIO NORMAL”, entendido por las remuneraciones regulares con carácter salarial estrictamente. En tal sentido y por resolución y sentencia del mismo TSJ en 2007 y ratificada en 2010. Se solicitará no incluir en la suma de ingresos anuales de los trabajadores asalariados los montos referidos a pagos de conceptos no salariales, tales como los bonos vacacionales, bonos de fin de año y compensaciones sociales o por méritos, ya que estos no se generan de forma continua, a objeto de respetar la justa distribución de las cargas y proteger el salario menguado con la disminución del monto de lo que se debería cancelar por la declaración 2015, este año 2016.
3. Solicitar que se aumente a 2500 Unidades Tributarias UT el mínimo de ingresos para la declaración de ISLR a partir del 2016. (Necesaria Reforma del Código Orgánico Tributario (COT) por parte de los diputados la Asamblea Nacional AN).
4. Como medida urgente, es necesario solicitar el aumento del Valor de la Unidad Tributaria para el año 2016, acorde a la tasa inflacionaria real. Exigir el pronunciamiento de la Comisión Permanente de Finanzas de la AN y apoyar el rechazo a la UT recién aprobada por el TSJ, desconociendo e ignorando las observaciones y devolución de la AN, la cual ya ha sido publicada en Gaceta Oficial por un valor de 177 Bs, por motivo de ser nuevamente confiscatoria, la cual será necesaria para hacer la declaración y pago del ISLR del Ejercicio Fiscal 2016 en el venidero 2017.
5. Realizar una campaña mediática para que se divulguen las razones propuestas y recolectar firmas de los distintos gremios con la finalidad de exponer que todos los asalariados universitarios somos afectados. Abrir espacios para publicar y divulgar casos y experiencias voluntarias.
6. Mientras se espera el resultado jurídico del Amparo Constitucional, (que debería recibir respuesta inmediata), exhortar a todo el personal universitario a través de las redes sociales gremiales, que den un compás de espera para declarar el ISLR, pero que en su momento no dejen de cumplir con la declaración y pago del ISLR generado mediante sus ingresos netos obtenidos durante el año 2015, y de esta manera evitar las multas y sanciones que se generarían al no cumplir con “este deber”.
7. Proponer formas de financiamiento con los recursos con que cuentan las Universidades. (Cajas de Ahorros y Préstamos o Fondos de Pensiones y Jubilaciones).
Prof Virgilio Castillo Blanco
Presidente APULA-IPP.

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