lunes, 24 de noviembre de 2008

APULA apoya realización de Auditorias Académicas

Entrevista al profesor Luís Loaiza Rincón por Leonardo León



LEONARDO LEÓN



"En el marco de las discusiones que se dieron en el Consejo Universitariopara hacer la distribución presupuestaria que permitiera atender la urgentereposición de cargos que necesitan las facultades y núcleos, quedó claro queresulta fundamental seguir realizando la auditoría académica y la APULAapoya esa medida". Esta afirmación del Profesor Luis Loaiza Rincón, Presidente de la APULA yrepresentante profesoral principal ante el Consejo Universitario, sirvió,además, para precisar "que en algunas facultades esta situación afecta a uncreciente número de profesores que deben atender una sobrecarga académica noreconocida por la institución con lo cual se viola, además de toda lanormativa interna sobre la materia y la propia Acta Convenio ULA-APULA, poreso la auditoría académica resulta fundamental porque ella permitiríadevelar esta situación y proceder a corregirla institucionalmente". Sobre la carga académica.
Indica Luis Loaiza que "la carga académica no puede calcularse únicamente apartir de las horas de clase, porque el Acta Convenio ULA-APULA, en suartículo 10, establece que la carga académica abarca también lashorasutilizadaspor el profesor para atender actividades de investigación, labores deplanificación y programación de la enseñanza y de la investigación, lapreparación de clases, la atención al estudiante, la orientación, direccióny tutoría de tesis y otros trabajos, la tutoría de instructores, laasistencia a reuniones y demás actos universitarios, así como elcumplimiento de cualquiera otra obligación académica".
Más adelante precisa, "en la ULA, inexplicablemente, las horas de docenciaimpartidas en el postgrado no se contabilizan para calcular la cargaacadémica de un profesor".


Para llegar a la Dedicación Exclusiva



Interrogado Luis Loaiza sobre la dificultad que enfrenta la ULA para ajustarla dedicación de sus profesores, indicó: "Todo miembro del Personal Docentey de Investigación tiene derecho a obtener la dedicación exclusivasolicitándola ante la unidad académica a la que pertenezca, para lo cualincluirá el plan de trabajo que la justifique, carga horaria, programas deinvestigación, actividades de extensión, administrativas, etc., sin máslimitaciones que las establecidas en la Ley, el Estatuto del PersonalDocente y de Investigación y demás normas vigentes en la Universidad de LosAndes. Si la unidad académica a la que profesor pertenece recomienda ladedicación exclusiva y el Consejo de Facultad o Núcleo así lo aprueba, losDirectores de Escuela e Institutos, así como los Decanos de Facultades oNúcleos, harán las previsiones presupuestarias correspondientes y esteprocedimiento no puede ni debe complicarse con normativas particulares". Sobre este punto, además agregó que "en esto ha consistido la perversidad dela política gubernamental de repetición de presupuestos, porque al final decuentas ha generado la descapitalización académica de la universidad".
Sobre los miembros del Personal Docente en calidad de instructores, elpresidente de la APULA insistió en la necesidad de respetar la condiciónespecial de estos trabajadores, "porque este es un docente e investigador enproceso de formación y por tal razón no deberán tener una carga mayor deseis (06) horas teóricas semanales o su equivalente en otras modalidades dela enseñanza".



Contratados




Sobre la situación de los profesores contratados Luis Loaiza indicó que envirtud de lo establecido en el artículo 21 del Acta Convenio ULA-APULA "enningún caso un profesor a Dedicación Exclusiva o Tiempo Completo podrápermanecer como contratado más de dos años, en consecuencia, antes delvencimiento de este lapso debe llamarse a concurso de oposición para proveerdicho cargo. El caso es que hay profesores que llevan muchos años en estasituación". En este sentido indicó que la presencia del gremio en el ConsejoUniversitario ha sido muy importante porque "desde allí estamos apoyando laaprobación de un reglamento que permita compensar parcialmente la injusticiade la que han sido objeto calificados profesores que estuvieron contratadospor mucho tiempo. El asunto es que, después de aprobar el concurso deoposición, estos profesores requieren, en función de sus méritos, ubicarseen el escalafón gracias a un procedimiento especial mucho más expedito".

Proporción profesor - alumnos



Sobre este tema tan relevante y polémico, dada la presión del gobierno paraque aumente la matrícula estudiantil, el Profesor Luis Loaiza indicó que "sepretende favorecer la masificación de la educación superior sin ningún tipode planificación, porque aquí lo único que se planifica es el ataque demedias verdades contra la universidad. En todo caso, el crecimientomatricular no puede hacerse en detrimento del sentido de la calidad y de laexcelencia de la educación".
Para terminar, Luis Loaiza precisa, "el tema de la racionalización de laproporción alumno-profesor resulta muy importante en la calidad de laeducación y es por eso que el Acta Convenio ULA-APULA recomienda que en los laboratorios, seminarios y talleres se atienda no más de veinticuatro (24)alumnos por profesor; en la enseñanza de idiomas no más de veinticinco (25)alumnos por curso; en las clases teóricas no más de sesenta (60) alumnos porcurso y en las pasantías clínicas no más de veinte (20) alumnos porprofesor. Por lo demás en algunas facultades se viola el Acta Convenio y seirrespeta al profesor cuando se le asignan más de 180 alumnos por períodoslectivos en labores de enseñanza teórica y eso no lo seguirá permitiendo laAPULA".