viernes, 20 de enero de 2012

"Inaceptable" nuevo cálculo de intereses de prestaciones para el sector universitario‏

María Luisa Aguilar de Maldonado

María Luisa Aguilar aseguró que instructivo Opsu "está al margen de la ley"

Valencia, enero 11 (Vanessa Carreño Rojas).- El nuevo instructivo para el cálculo de los intereses de prestaciones sociales, difundido por la Oficina de Planificación del Sector Universitario (Opsu), "es inaceptable", porque "desmejora notablemente" lo que le corresponde a cada trabajador universitario del país, aunado a que "está al margen de la ley".
Así lo aseveró la profesora María Luisa Aguilar de Maldonado, asesora legal en materia de prestaciones, no solo de la Asociación de Profesores de la Universidad de Carabobo (Apuc), sino también de la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (Fapuv) y de la Universidad de Los Andes (ULA).
Alertó que éste no es un problema exclusivo de la Universidad de Carabobo, porque no la afecta solo a ella, sino que perjudica a todas las universidades nacionales, institutos y colegios universitarios, así como también a ministerios, como el de Salud y el de Educación, así como a todos los trabajadores, activos y jubilados de la administración publica que aún no han cobrado sus prestaciones.
"De aplicarse este nuevo instructivo, se estaría cambiando el sistema de pago de intereses que se ha utilizado hasta ahora en la Administración Pública Nacional y en las universidades nacionales", aseguró.
Explicó que después de cuatro años de interrupción del pago del referido beneficio, el Gobierno Nacional anunció, a finales del año pasado, que serán cancelados los pasivos laborales a los trabajadores de la administración pública y del sector universitario y, para ello, prometió publicar un instructivo para la cuantificación de la referida deuda.
Efectivamente, declaró Aguilar de Maldonado, el domingo pasado fueron publicados y enviados los dos instructivos; el primero para el cálculo de los intereses de prestaciones sociales para el personal de las universidades nacionales no transferidas al régimen laboral vigente y, el segundo, para el de las instituciones que pertenecen al nuevo régimen.
La asesora discrepó lo que se plantea en ambos instructivos de la Opsu y refirió que en el primero -a través del que se calcularán los intereses de prestaciones a los jubilados del año 1998 al 2011-, se señala que para el cálculo de los intereses que se generan a partir de la finalización de la relación laboral, no opera el sistema de capitalización, e igualmente se indica que los intereses para los años 1998 y 1999 será del 3% anual de acuerdo con la tasa promedio vigente para ese período y -prosiguió- para los años subsiguientes el cálculo se realizará con las tasas de intereses promedio entre activa y pasiva, pero sin capitalización.
Trabajadores cobrarán entre un 35 y 70% menos
Destacó que varios casos fueron simulados utilizando los instructivos Opsu publicados el domingo y, el resultado fue que "un trabajador puede estar dejando de percibir por este beneficio, que le corresponde según la Constitución, las leyes y los reglamentos, entre 35% y hasta casi 70% menos, lo cual sería inaceptable, ya que la Constitución en su artículo 89 establece, en el numeral 1, que ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales", enfatizó.
Asimismo, Aguilar de Maldonado manifestó que "en las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o apariencias, y en el caso del sector universitario, la realidad es que en materia de intereses sobre prestaciones sociales, todo los instructivos (años 2000, 2002, 2006 y 2007) emanados desde la Opsu, para los pagos de este beneficio socioeconómico, han mantenido el criterio y el espíritu de las leyes del Trabajo y sus respectivos reglamentos, así como lo consagrado en el artículo 92 de la Carta Magna".
En este sentido, reiteró que la Ley Orgánica del Trabajo es muy clara cuando señala que lo adeudado por antigüedad devenga intereses y que éstos podrán ser pagados anualmente o capitalizados para que, a su vez, también devenguen intereses.
Explicó que el instructivo 2, que se refiere a las universidades transferidas al régimen laboral vigente, señala que los primeros cinco años los intereses se calcularán tomando la tasa promedio activa y pasiva con capitalización normal y, vencido este plazo, se devengarán intereses a la tasa activa sin que opere el sistema de capitalización.
"Esto es totalmente contrario a lo señalado en el reglamento para el pago de los pasivos laborales en el sector público, el cual señala en el artículo 6, que las cantidades adeudadas a cada trabajador serán capitalizables anualmente a las tasas de intereses establecidas en los parágrafos primero (tasa activa, aplicable después de los primeros cinco años) y, segundo (tasa promedio activa y pasiva, del primero al quinto año) del artículo 668 de la Ley Orgánica del Trabajo", apuntó.
Igualmente, continuó, "en este instructivo se indica que la prestación de antigüedad para los trabajadores activos generará intereses mensuales, pero de capitalización anual. Y se insiste en que los intereses por el retardo en el pago de la prestación de antigüedad y los intereses generados, se calcularán, a partir del momento en que termine la relación laboral, sin que opere el sistema de capitalización anual. Es decir, que en ambos instructivos cesa la capitalización de los intereses sobre prestaciones sociales en el momento en que finaliza la relación laboral".
Puntualizó que en cuanto al personal activo, el cálculo de intereses que ha generado el corte de cuenta al 31 de diciembre de 2000, es decir, la prestación de antigüedad, los intereses de prestaciones sociales y la compensación por transferencia; lo remiten al instructivo número 1, cuando éste nada tiene que ver con el régimen laboral vigente. Esta deuda genera intereses del 1 de enero de 2001 hasta el 31 de diciembre de 2005, a tasa de interés promedio entre activa y pasiva y, a partir de allí, será a tasa activa, todo de capitalización anual.
Ante todo lo expuesto, la profesora Aguilar de Maldonado consideró que si el Ejecutivo Nacional va a cambiar el procedimiento de cálculo de los intereses de prestaciones sociales "debe ser para mejorarlo", de lo contrario "deben dejar todo como está".
Comentó que desde el mediodía del martes no se había podido acceder al nuevo instructivo, puesto que había sido "tumbado" de la página de Internet; esta situación la calificó como "positiva", porque "podría prosperar el reclamo que estamos haciendo los universitarios en nombre de todos los trabajadores de la administración pública nacional, porque no nos van a aplicar un instructivo para desmejorar a los jubilados a partir del año 98, mientras que todos los jubilados desde 1976 hasta 1997 cobraron conforme a la ley, a los reglamentos y a los instructivos emanados de la Opsu que estaban elaborados conforme a lo contractual y a los reglamentos". www.notitarde.com

La APUSB en Prensa‏



En el siguiente enlace entrevista que nos hizo la oficina de Prensa 

USB sobre el instructivo para el cálculo de los pasivos laborales 
aparecido en la página web de la OPSU.



Prof. Rafael Álvarez
Presidente




Visite nuestra página web: http://www.apusb.usb.ve
Comuníquese con nosotros a través del Twitter: @apusb





Pasivos laborales: la APUSB frente al instructivo de la OPSU‏


La APUSB inició y sostendrá una enérgica protesta en contra del 
instructivo para el cálculo de los pasivos laborales aparecido en la 
página web de la OPSU en días recientes. Este instructivo lesiona 
importantes derechos de profesores, empleados y obreros, activos o 
jubilados.

El próximo martes 17 asistiremos a una reunión de la Intergremial 
Nacional; mientras que el jueves, 19 acudiremos a una sesión 
extraordinaria de la Junta Directiva de la FAPUV.

En los próximos días convocaremos una Asamblea de Profesores de la 
USB; el martes 17, en horas de la tarde, haremos presencia en la 
Asamblea de Profesores Jubilados de nuestra universidad.

La semana entrante nos reuniremos con la FCEUSB, ATAUSIBO y SUTES a 
fin de proponerles acciones conjuntas de protesta. A ATAUSIBO y al 
SUTES les hacemos un llamado a fijar posición pública, toda vez que 
todos los trabajadores se verían afectados con la aplicación del 
instructivo.

Exhortamos a nuestro equipo rectoral, una vez más, a adoptar una 
postura crítica y pública ante este nuevo atropello del Ejecutivo 
Nacional en contra de la universidad venezolana y sus trabajadores y 
profesores.

Mientras dure este evidente conflicto universitario sostendremos una 
permanente participación en los medios de comunicación, dando a 
conocer los detalles de esta nueva agresión del Gobierno Nacional en 
perjuicio de la comunidad universitaria.

Prof. Rafael Álvarez
Presidente

Visite nuestra página web: http://www.apusb.usb.ve
Comuníquese con nosotros a través del Twitter: @apusb

martes, 17 de enero de 2012

Cálculo de Pasivos Laborales elimina capitalización de intereses



Entre 30 y 60%

Omer Molina / Prensa Apula
CNP: 18.195

Los profesores José Germán Altuve y Rosaura Casal, dieron  a conocer  en el auditorio de la Asociación de Profesores de la Universidad de los Andes (Apula), el nuevo cálculo implementado por la Oficina de Planificación del Sector Universitario (Opsu) para la cuantificación de los pasivos laborales, en el cual, según Altuve, “el problema radica en el “cálculo de los intereses”, ya que con el nuevo cálculo realizado por expertos del Ministerio de Finanzas, no considera intereses sobre capital luego de que el trabajador se jubila, pasando a considerarse intereses de mora, los cuales no son capitalizables afectando, por ende, una significativa  cantidad de trabajadores universitarios del régimen viejo”. 

 Este nuevo instructivo, agregó Altuve, no solo afectará al personal jubilado desde 1998- 2011 (de las instituciones que poseen el régimen viejo),  sino en las instituciones que fueron transferidas al nuevo régimen, que en el caso específico de la ULA, fue a partir del 2001. 

Por su parte, Rosaura Casal, demostró con su corte de cuenta, que lo grave de la situación planteada, ya que la Dirección de Asuntos Profesorales (DAP) de la ULA, realiza un cálculo errado de las prestaciones sociales y pasivos laborales,  lo cual,  quedó demostrado por demanda interpuesta por   Altuve, con sentencia firme a favor del mismo, del 3 de febrero de 2011. Con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo su corte de cuenta, indicó Casal, a la fecha, sería de 368 mil 910 Bolívares Fuertes.

 Con el cálculo de la DAP, 248 mil 058 Bs.-F,  y con la pretendida nueva fórmula de la Opsu, 120 mil 669 Bs.-F.  Estos números demuestran lo grave que sería la implementación de esta fórmula violatoria del derecho de los trabajadores universitarios. Para Luis Loiza, Presidente de Apula, el nuevo instructivo de cálculo de prestaciones sociales de la  Opsu, elimina la capitalización de los intereses, lo cual, perjudica a los profesores universitarios, puesto que disminuye entre 30 y 60 por ciento, del monto que corresponde a cada empleado. 

La Asamblea aprobó la creación de una comisión técnica, que junto con la directiva gremial, expondrá y hará seguimiento en la ULA, además se articulará con las comisiones técnicas de otras universidades y Fapuv. La comisión quedo integrada por José Germán Altuve, Jesús Leo Contreras y Rosaura Casal.

viernes, 13 de enero de 2012

El lunes vence plazo de consignación para solicitud del Escalafón

Ángel Andara, Secretario de Asuntos Gremiales de la Apula.

De los profesores ulandinos





Omer Molina / Prensa Apula
CNP: 18.195
Hasta este lunes 16 de enero, los profesores universitarios pueden consignar la solicitud de ubicación en el escalafón a través del Reglamento para la Ubicación en el Escalafón del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de los Andes, informó Ángel Andara, Secretario de Asuntos Gremiales de la Apula, y representante de la Asociación ante el Consejo Universitario.


Recuerden, destacó Andara, que el reglamento en su artículo 2, establece: “El derecho a la ubicación a que se refiere el presente reglamento sólo podrá ser ejercido por una vez, a partir del momento en que el docente o investigador contratado haya pasado de esta condición a la de ordinario en el escalafón universitario. Este derecho debe ser ejercido en un lapso no mayor a un (01) año, contado a partir de la fecha de ingreso como personal ordinario de escalafón”.


El Consejo Universitario, indicó Ángel Andara, Secretario de Asuntos Gremiales de la Apula, estableció un periodo especial de un año para que el personal docente ordinario, con antigúedad mayor a un año, pudiera utilizar este reglamento. Este lapso vence el próximo lunes, 16 de enero.

viernes, 23 de diciembre de 2011

Apula Informa No. 91 de noviembre y diciembre de 2011

Lea el periódico Apula Informa de noviembre y diciembre de 2011 y entérese de toda la programación desarrollada referente a la celebración de la Semana del Profesor Universitario haciendo click en el siguiente enlace: Apula Informa No.91


sábado, 3 de diciembre de 2011

Listados por Años de Servicio Profesores ULA 2011

Como es de conocimiento  de la comunidad universitaria, el 5 de Diciembre 
de cada año se celebra el Día del Profesor Universitario, esta fecha fue 
aprobada por la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de 
Venezuela (Fapuv) y el Consejo Nacional de Universidades (CNU) para 
conmemorar la aprobación de la Ley de Universidades de 1958.  Consagrando a 
la autonomía universitaria, este día se define como un logro alcanzado en 
1958  una vez caída la dictadura de ese entonces. De esta manera el Día 
del Profesor Universitario revive el Decreto Ley N° 458 sobre las 
Universidades en la que se contempló la autonomía académica, 
administrativa y electoral.

En tal sentido y atendiendo al significado de esta fecha, el Consejo
Universitario, a solicitud de APULA declaró el próximo lunes 5 de d
iciembre como día de asueto para todo el Personal Docente y de 
Investigación, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 89 del 
Acta convenio ULA - APULA.


Hacer click sobre las imágenes para ampliar

















martes, 29 de noviembre de 2011

Profesores contratados ULA están impedidos de pasar a ordinarios

El CU aprobó la creación de una comisión  que deberá elaborar un informe sobre la situación y elevarlo ante la primera instancia universitaria.



Virgilio Castillo: “Los profesores en esta condición dedican muchas horas de trabajo a la docencia”.




En condiciones de tiempo convencional o medio tiempo


Omer Molina Prensa Apula
CNP: 18.195



El Secretario de Asuntos Académicos de la APULA, Virgilio Castillo, sostuvo en la pasada sesión del Consejo Universitario de la ULA, un derecho de palabra, con el fin de realizar planteamientos en torno a la carrera académica de los profesores contratados, exponiendo que aquellos catedráticos que están laborando a tiempo convencional y medio tiempo, no pueden realizar concursos de oposición para convertirse en profesores ordinarios ni ascender así, en el escalafón porque la normativa no lo contempla.

"La carrera académica representa uno de los logros más importantes de los profesores ordinarios de la Universidad Autónoma y que sin embargo no se contempla en la normativa actual, alternativas para que los profesores contratados a tiempo convencional y medio tiempo, puedan realizar concursos de oposición para hacerse profesores ordinarios y tener  la posibilidad de ascender de escalafón", comentó Castillo.



En tal sentido dijo que los docentes en esta condición, dedican muchísimas más horas de trabajo a la docencia, y superan considerablemente a las horas de contratación, “realizando con gran vocación de servicio, este gran esfuerzo en pro de la universidad, pero no es reconocido desde el punto de vista académico”.

Aseveró que para este año 2011, el número de profesores contratados en la universidad, se encuentra en alrededor de los 658 docentes, de los cuales el mayor volumen existe en la Facultad de Medicina, con un número aproximado de 264 profesores contratados, “quienes han asumido incluso hasta las jefaturas de las unidades académicas y postgrados, pero, producto de la crisis presupuestaria, la universidad ya no cuenta con profesores ordinarios, por lo que éstos docentes, demuestran un gran compromiso institucional para mantener los programas académicos a pesar de todos los problemas existentes”.

Finalmente informó que el CU aprobó la creación de una comisión, integrada por el Decano de la Facultad de Medicina, el Secretario de la Universidad, un representante profesoral y el Secretario Académico de APULA, quienes deberán elaborar un informe sobre la situación y elevarlo ante la primera instancia universitaria, para su consideración.

lunes, 28 de noviembre de 2011

Programa de Celebración Semana del Profesor Universitario 2011

Hacer click sobre las imágenes para ver el texto ampliado



jueves, 24 de noviembre de 2011

PROGRAMACIÓN DEPORTIVA “SEMANA DEL PROFESOR UNIVERSITARIO” 2011




DOMINÓ POR PAREJAS

Viernes 02/12/2011:

Lugar: auditorio de APULA
Hora: 4:00 p.m.

CUADRANGULAR DE SOFTBOL

Sábado 03/12/2011:

Lugar: Estadio de Softbol “Carlos Emilio Muñoz Oráa”
Hora: 9:00 a.m. y 11:00 a.m.

Final sábado 10/12/2011.


BOLAS CRIOLLAS

Sábado 03/12/2011:

Lugar: canchas de Bolas Criollas “Prof. Hugo Martínez” - Estadio de “Carlos Emilio Muñoz Oráa”

Hora: 1:00 p.m. y  3:00p.m.

Final sábado 10/12/2011.

AJEDREZ:

Sábado 03/12/2011:

Lugar: Salón de Reuniones APULA
Hora: 9:00 a.m.

Domingo  04/12/2011:

Lugar: Salón de Reuniones APULA
Hora: 9:00 a.m.

SCRABBLE: 

Sábado 03/12/2011:

Lugar: Tasca   APULA
Hora: 9:00 a.m.


CAMINATA “DÍA DEL PROFESOR UNIVERSITARIO”

Domingo 11/12/2011
Hora: 7:00 a.m.
Lugar de concentración: Hombres: antiguo Festejos Lourdes
                                           Mujeres: IMPRADEN 

domingo, 20 de noviembre de 2011

REUNIÓN GREMIOS-MPPEU





El pasado martes 15 de noviembre, el gremio profesoral fue convocado a una reunión en la Universidad Bolivariana de Venezuela (UBV), en la cual también participaron otros gremios y autoridades universitarias. El tema del encuentro fue la deuda de prestaciones sociales con el sector universitario, que data de 1998.

Como se recordará, en las mesas de diálogo que se realizaron en el mes de abril de este año, a raíz de la huelga de hambre nacional de universitarios del mes de marzo, las autoridades ministeriales ofrecieron para el último trimestre de este año el CRONOGRAMA DE PAGO de esa deuda. Por este motivo, y por la cantidad de años transcurridos sin la cancelación completa de las prestaciones sociales, había mucha expectativa con este encuentro.

Lamentablemente, lo que se planteó en la reunión fue un nuevo plazo: la Ministra inició señalando que el propósito era exponer “la ruta” para el CÁLCULO y la certificación de la deuda por intereses de prestaciones sociales, incluida la de las Universidades, Institutos y Colegios transferidos a Nuevo Régimen, estableciendo como meta para ello, el primer trimestre de 2012. De modo que, finalizado el año, aún la OPSU no ha calculado el monto de una deuda cuyo CRONOGRAMA DE PAGO ofrecieron para estas fechas.

Luego de las intervenciones de la Ministra y de la Directora Adjunta de la OPSU, se abrió un espacio para las preguntas de los presentes, en el cual los directivos profesorales plantearon inquietudes fundamentales que no fueron respondidas:
1.      Los criterios para el cálculo de la deuda por intereses de prestaciones sociales son los establecidos en las actas-convenio, Ley Orgánica del Trabajo y Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (CNRBV). Ellos no podrán ser modificados en desmedro del patrimonio de los trabajadores universitarios, dado el carácter PROGRESIVO de los derechos laborales establecido en la CNRBV.2.      El cálculo de la deuda debe considerar el retroactivo del ajuste de 40% decretado en mayo de 2011 DESPUÉS DE TRES AÑOS SIN AJUSTE SALARIAL, y que constituye un legítimo reclamo de los gremios del sector.3.      El Ministerio no dijo nada acerca de la modalidad de pago de la deuda, que el gremio ratifica debe ser cancelada en moneda corriente.4.      No se cumplió con la entrega del CRONOGRAMA DE PAGO, y el gremio demanda la definición de una fecha para el PRONTO PAGO de una deuda que ya alcanza los 13 años y constituye la bien merecida retribución a una vida de trabajo del personal jubilado y pensionado de nuestras Universidades.Convocamos a nuestros agremiados y a toda la comunidad universitaria a estar atentos al respeto de los criterios de cálculo de la deuda por prestaciones sociales, y a movilizarse por la cancelación inmediata y completa de esta importante conquista laboral
FAPUV